Concello da Estrada

Trámites

Licencia de obra mayor

Que es? En que fechas se puede hacer ?

Permiso que da el Ayuntamiento para la realización de actos de edificación o uso del suelo, tales cómo parcelaciones urbanísticas, obras de nueva planta, modificación de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes, la demolición de construcciones el cualesquiera otras que impliquen un uso urbanístico del suelo distinto del mero uso natural.

 

Quien lo puede solicitar ?El promotor de la obra.
Que documentación hay que presentar ?

Una solicitud según el modelo normalizado, que tendrá que incluir :
1. Identificación completa del promotor.
2. Identificación completa y certificación registral actualizada de dominio y cargas de la hinca en la que se va a hacer la obra.
3. Descripción detallada de la obra o actuación.
4. Plazo previsto para realizarla.
5. Fotografías del solar y de los elementos públicos.
6. Tres copias del proyecto básico o de ejecución visado.
7. Datos estadísticos de interés municipal, según modelo normalizado.
8. Compromiso de los técnicos (documento que justifica que técnico se hace responsable de la obra, debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente)
9. Programa de control de calidad.
10. Estudio de seguridad y salud y nombramiento del Coordinador-Responsable debidamente visados
11. Hoja de datos estadísticos de la edificación y habitabilidad.
12. Solicitud de ocupación de la vía pública. (si procede)
13. Otras licencias que se soliciten simultáneamente para a misma hinca.
14. Proyecto específico de la infraestructura común de telecomunicaciones.

 

Cuanto cuesta?

Los siguientes importes :
– Entre 15,03 y 114,19 euros, según la zona en concepto de Tasa por Licencias Urbanísticas
– Un 2 % sobre el presupuesto de la obra en concepto de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras.

Si la ejecución de las obras había precisado de la ocupación de la vía pública (colectores, andamios, reservas de espacios …) también se liquidará la Tasa correspondiente.

 

En que fechas se puede hacer?Siempre.
 Como y donde hay que presentarlo ?

En el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común.

 

Cuanto tiempo tarda la respuesta ?20 días aproximadamente.
Que documentación entrega el Ayuntamiento ?– Justificante de la solicitud
– Liquidación del pago de las tasas e impuestos.
– Notificación definitiva de la resolución del expediente.
– Licencia de obra mayor.
Donde se puede encontrar más información ?– En el Servicio Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento
– Ordenanza fiscal del Impuesto sobre Contrucción, Instalaciones y Obras.
– Ordenanza fiscal de la Tasa por Licencias Urbanísticas.
– Ordenanza fiscal de la Tasa por Ocupación de terrenos de uso público municipal con mercancías, materias de construcción, …

Scroll al inicio
Ir al contenido