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Home » Tasa por entradas de vehículos
Tasa por entradas de vehículos
Que es ? | Solicitud de licencia para la entrada y salida de vehículos al interior de inmuebles, cuando sea necesario atravesar aceras u otros bienes de dominio o uso público y/o reserva de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase. La solicitud puede hacerse para un aprovechamiento puntual o de carácter permanente. |
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Quien lo puede solicitar ? | Cualquier propietario, poseedor legitimo o arrendatario de un inmueble. |
Que documentos hay que presentar ? | 1. Solicitud de Licencia de vado y/o reserva de espacio. 2. Fotocopia del documento acreditativo de la propiedad o del derecho de uso del inmueble afectado. 3. Plano de situación de la cartografía municipal. 4. Detalle de la superficie de aprovechamiento. |
Canto cuesta ? | Segundo la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa. Las tarifas figuran en el Anexo y las fechas de pago en el artículo 9 de la misma. |
Cuando se puede solicitar ? | Siempre. |
Como y donde se puede presentar ? | En el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común. |
Cuanto tempo tarda la respuesta ? | 20 días aproximadamente. |
Que documentación entrega el Ayuntamiento ? | – Copia de la solicitud. – Recibo del pago efectuado. – Notificación del decreto de resolución de la solicitud. – Documento de Licencia de vado y/o reserva de espacio. |
Más información … | En la correspondiente Ordenanza fiscal. |