Que es ? |
La utilización de columnas, carteles u otras instalaciones municipales para la exhibición de anuncios.
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Quien lo puede solicitar ? |
Cualquier persona física o jurídica interesada. |
Que documentos hay que aportar ? |
- Una solicitud firmada. - Memoria que deberá contener como mínimo una descripción de los contenidos, medios y características técnicas de los materiales empleados así como de su seguridad. |
Cuanto cuesta? |
El que se indica en el anexo de la Ordenanza fiscal reguladora. Las formas de pago pueden consultarse en el artículo 9 de dicha Ordenanza.
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Cuando se puede hacer ? |
Siempre. |
Donde se solicita ? |
En el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento administrativo común.
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Cuanto tiempo tarda la resposta ? |
Un máximo de 15 días. |
Que documentación entrega el Ayuntamiento ? |
- Una copia de la resolución adoptada. - Recibo de pago de las tasas. |
Otras informaciones de interés |
El solicitante deberá cumplir las normas de seguridad vigentes. Hace falta consultar también Instalación de anuncios en terrenos de dominio público municipal. |