El solicitante deberá cumplir las normas de seguridad precisas.
Se considerarán caducadas las licencias si después de concedidas transcurren treinta días sin haber comenzado las obras. Una vez iniciadas estas, deberán de seguir sin interrupción.
Cuando se trate de obras que deben ejecutarse inmediatamente por los graves perjuicios que la demora pudiera producir (fugas de gas, fusión de cables, etc.) podrán iniciarse las obras sin haber obtenido la autorización municipal, con deber de solicitar la licencia dentro de las veinticuatro horas siguientes al inicio de las obras y de justificar la razón de su urgencia.
Se exigirá al peticionario garantía suficiente que cubra el coste de la reposición de la vía pública, según la valoración efectuada por el arquitecto técnico municipal en cada caso.
En todo caso, la reposición de la vía pública a su estado inicial se realizará en el plazo máximo de 15 días contados a partir de la apertura de la excavación.
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